Ahora que ya ha empezado la campaña de la Renta 2018 queremos recordarte los beneficios fiscales que tienes por habernos hecho donaciones, y con los que podrás deducirte hasta un 75 % del dinero donado, en tu declaración de IRPF (Impuesto de la Renta de Personas Físicas).

Esto es así a raíz del cambio en la reforma fiscal que tuvo lugar en 2014, y se aplica a las donaciones realizadas a entidades benéficas acogidas a la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, a la que pertenece la Fundación Esperanza y Alegría.

Así que si eres socio de la Fundación Esperanza y Alegría, sigue leyendo porque te explicamos qué cantidades te puedes deducir.

Deducciones fiscales en el IRPF

La ley de IRPF establece tres casos para los donantes particulares, que debemos tener en cuenta para nuestra declaración de la Renta:

  1. Los primeros 150 € donados tienen una deducción del 75 %.
  2. El resto de las donaciones que se sitúen por encima de los 150 € desgravan un 30 %.
  3. Las donaciones recurrentes deducen un 35 %. Esto es, cuando un particular dona la misma cantidad o una cantidad superior a la misma organización en los dos años anteriores.

Además, es importante recordar que, en la Fundación Esperanza y Alegría, conscientes de la importancia de comunicar los datos, declaramos a las personas donantes y les expedimos un certificado de donación para que puedan presentarlo en su declaración de la renta.

Para expedir un certificado de donación, necesitamos tener, antes de que venza el año fiscal, el nombre completo, NIF y dirección postal completa del donante.

Deducciones fiscales en el Impuesto de Sociedades

Las donaciones a ONG no son un gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, pueden dar lugar a deducciones fiscales, siempre y cuando la entidad esté adscrita en la Ley 49/2002; como es el caso de la Fundación Esperanza y Alegría.

El porcentaje de deducción en cuota en el Impuesto sobre Sociedades es del 35% (con el límite del 10% de la base imponible). Esta deducción se incrementa al 40% para las donaciones realizadas a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos tres años. Las cantidades no deducidas se pueden aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

Recuerda que tus donativos son muy importantes para la Fundación Esperanza y Alegría, gracias a tu generosidad y contribución, podemos seguir manteniendo nuestros proyectos en India y España que benefician a miles de personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social. Ahora que ya sabes que tu aportación tiene importantes beneficios fiscales para ti, puede que te plantees incrementar un poco más tu cuota. Así también nos ayudarás a nosotros a llegar a más personas.

Si tienes alguna duda ponte en contacto con nosotros.